Una pregunta que quiero hacer desde hace algún tiempo es si un
estado nacional puede ser considerado como una organización
criminal en sí misma. Las leyes van a decir – por supuesto – que no, porque son creadas por el propio
estado y éste nunca se va a poner en riesgo a sí mismo, pero la realidad puede decirnos otra cosa.
Y cuando hablo de un
estado criminal me refiero específica y concretamente al
estado argentino. Basta ver un par de hechos de su historia:
- El apañamiento de ex jerarcas del nazismo, una vez finalizada la segunda guerra mundial.
- El apañamiento de grupos terroristas como los Montoneros y el ERP (Ejército Revolucionario del Pueblo) por parte del partido político gobernante entre 1973 y 1976, es decir, el partido justicialista. Los militares argentinos ejercieron una violenta represión, es cierto, pero no hay que olvidar que estos grupos subversivos mataron también a miles de personas, y que fueron apañados por el movimiento justicialista antes de volver al poder en 1973, y durante la primera parte del gobierno del General Perón, quien se diera cuenta - demasiado tarde - de que esos movimientos ya estaban desbocados. Pero la historia es clara: el peronismo como partido y como fuerza gobernante ha ejercido la violencia con fines políticos en la Argentina.
- La posterior represión militar a esos movimientos subversivos y la desaparición de miles personas. Está claro que si se habla de terrorismo de
estado, entonces el
estado puede actuar como un terrorista, es decir, un
criminal de leza humanidad.
- La emisión de moneda en enormes cantidades para licuar sus deudas con los ciudadanos, causando finalmente una , en 1989.
-El , que fuera una incautación de todos los depósitos bancarios que había en la Argentina hacia el año 2001.
-El no pago de las deudas del
estado, tanto interna como externamente. Por ejemplo, a los empleados del
estado, militares, médicos de los servicios de salud, docentes, etc. el
estado argentino puede no pagarles durante tres o cuatro meses y ellos no tienen ningún recurso legal en el cual ampararse para recibir su salario, y todo
al mismo tiempo que los diputados nacionales que sesionaron solamente 8 (ocho) veces, días o jornadas - como prefiera llamarles - en el año se han aumentado sus sueldos porque sus nueve mil pesos mensuales (unas cuatro veces más que un embajador o un general del ejército) por lo visto no son suficientes para ellos.
Y ni hablar de casos de corrupción, incompetencia, falta de idoneidad de los funcionarios seleccionados por el propio
estado, , etc. Creo que con la morosidad en sus pagos, la inflación que reiteradamente provocó, las sucesivas incautaciones de los depósitos, nacionalizaciones, estatizaciones, privatizaciones dudosas, etc. se puede establecer un patrón de conducta claramente delictivo en el sentido de apropiarse de lo ajeno, lo cual lisa y llanamente constituye un caso de estafas reiteradas.
Todos estos hechos que son de naturaleza delictiva o
criminal, y que están ampliamente probados y reconocidos fueron cometidos por funcionarios en nombre del
estado; si un juez tiene frente a su corte a un individuo que comete delitos y es reincidente a lo largo de décadas ¿acaso no lo va a considerar como un peligroso
criminal?
¿Y entonces?¿Puede un
estado ser considerado como una organización
criminal?
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